En fecha 30 de Abril del año 2015, los ciudadanos: JULIO MANUEL CORREA y AMADA CARIDAD REBOLLEDO DE CORREA, venezolanos, mayores de edad, conyugues, ambos de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.285.762 y V-7.295.296, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado LUIS FERNANDO RODRIGUEZ PEÑA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.531, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifiestan que desde hace más de cinco (05) años están separados.