REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º
Vista la Sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 25 de febrero de 2014, mediante la cual declaró: “… 3.- EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto…”, en relación a lo anterior y visto que nada queda por ejecutar en la presente causa, este Juzgado, declara TERMINADA y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (01) pieza principal contentiva de doscientos noventa y siete (297) folios útiles y dos (02) piezas de antecedentes administrativos, la primera (1era) constante de ciento treinta y cuatro (134) folios útiles y la segunda (2da) contentiva de ciento sesenta y dos (162) folios útiles.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2004-000044
RADZ/GCMM/mpgn