REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, trece (13) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º

Vista la diligencia de fecha 10 de marzo de 2015 mediante la cual el ciudadano MARCOS ANTONIO ROJAS MORILLO (Cédula de Identidad Nº 11.115.359), asistido de abogado, apeló de la sentencia Nº PJ0102015000037 dictada por este Juzgado en fecha 25 de febrero de 2015 que declaró SIN LUGAR la querella funcionarial que interpusiera el mencionado ciudadano, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida y ordena notificar a las partes, que una vez conste en auto la última de las notificaciones remitirá el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta y oficio respectivo.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. JP41-G-2014-000071
RADZ/GCMM/mpgn