REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecisiete (17) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º
Visto que mediante diligencia de fecha 13 de este mismo mes y año, la abogada Fanny ESCOBAR (INPREABOGADO Nº 52.792), actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN CARLOS APONTE CAMERO (Cédula de Identidad 5.621.368), solicitó “…me sean devuelto originales que fueron acompañado al libelo…”, este Juzgado Superior ordena de conformidad con lo solicitado, y previa consignación de los fotostatos se acuerda el desglose de los folios 20, 21, 23 y del 32 al 40, dejándose en su lugar, copia fotostática debidamente certificada, para lo cual la parte actora debe proveer los fotostatos necesarios.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2015-000020
RADZ/GCMM/ojgj