REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiséis (26) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AA40-A-2014-001237 proveniente de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio Nº 0476, de fecha 03 de marzo de 2015, contentivo de la querella funcionarial, interpuesta por el ciudadano GREGORY DUBINIS PEÑA BALAUSTREN (Cédula de Identidad Nº 11.104.941), contra el CONSEJO DISCIPLINARIO REGIÓN LOS LLANOS DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Sala en fecha 05 de noviembre de 2014, la cual declaró “…1.- QUE ES COMPETENTE para resolver la regulación de competencia suscitada en el presente caso. 2.- QUE CORRESPONDE al JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, la competencia para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido …”. (Negrillas y mayúsculas del texto). Este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JE41-G-2010-000025
RADZ/GCMM/ygrr