REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cuatro (04) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º
Visto que en fecha 03 de marzo de este mismo año, la representación judicial del órgano accionando, consignó mediante diligencia, copias certificadas del procedimiento disciplinario del caso, este Juzgado, ordena agregar a los autos y abrir los respectivos cuadernos separados, toda vez que el mismo está constituido por dos (02) piezas, constante de cuatrocientos (400) folios, foliadas con solución de continuidad.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2014-000122
RADZ/GCMM/mpgn