REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º

De una revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior (Bienes) en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 28 de abril de 2008 dictó sentencia mediante la cual declaró la PERECIÓN DE LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la abogada Adriana Marisela MATOS VARGAS (INPREABOGADO Nº 67.502), actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ MIGUEL SUÁREZ (Cédula de Identidad Nº 9.919.119), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia; no quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza contentiva de treinta y tres (33) folios útiles.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JE41-G-2002-000047
RADZ/GCMM/mpgn