REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, nueve (09) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º
Vista la diligencia de fecha 06 de marzo de 2015 consignada por el abogado Donato VILORIA (INPREABOGADO Nº 30.869), apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual expuso: “…Visto que la experta designada, Lic Daricar Gabriela Olivero Lugo, no ha cumplido con las obligaciones inherente a su designación es por lo que solicito se designe un nuevo experto…”.
Advierte este Tribunal que en fecha 03 de julio de 2014, se designó como experto contable a la licenciada DARICAR GABRIELA OLIVERO LUGO inscrita en el Colegio de Contadores Públicos bajo el Nº 47.678 y se ordenó su notificación a los fines de que manifestara su aceptación o excusa, dentro de los tres (3) días de despacho siguiente a la fecha en que constara en autos su notificación, la cual contó el 17 de junio de ese mismo año sin haber manifestado su aceptación o excusa alguna en el lapso mencionado.
Por tanto este Juzgado Superior a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso ordena, designar como nuevo experto a la licenciada GREIDY FERLLENY HERNÁNDEZ INFANTE inscrita en el Colegio de Contadores Públicos bajo el Nº 89.894, para realizar en el presente asunto la experticia complementaria del fallo ordenada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay estado Aragua, (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), mediante sentencia de fecha 28 de mayo del 2009 que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el abogado Donato VILORIA (INPREABOGADO 30.869), en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NANCY SCHAVINO DE VOLORIA (Cédula de Identidad Nº 5.579.504), contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. Líbrese la boleta de notificación respectiva.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2008-000018
RADZ/GCMM/ojgj