REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 31 de Marzo de 2015.-
204° y 156°

Vista la diligencia presentada por la abogada SOLEYSI ANDRADE B., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.919, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LUISA MARGARITA BARRIOS DE GARCIA, mediante la cual solicitó la ejecución de la sentencia, este Tribunal lo acuerda, en consecuencia y definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27 de febrero de 2015, donde se declaró Con Lugar la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, en consecuencia, donde dice, “JOSEFINA MENA DE BARRIOS” debe decir: “MACARIA RUFINA MENA PÉREZ”, que es lo cierto y verdadero; se decreta su ejecución. Asimismo, de acuerdo a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, expídanse por Secretaría las copias certificadas que requieran los solicitantes, con inclusión de la diligencia que cursa al folio cincuenta y nueve (59) y del presente auto, remítase lo correspondiente con oficio a las autoridades civiles competentes de conformidad con lo establecido en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, una vez sean consignados los fotostátos respectivos.
LA JUEZ,


MARÍA DEL CARMEN GARCIA HERRERA.
LA SECRETARIA


ARELIS FALCÓN.
En esta misma fecha se requieren los fotostátos para proveer.
LA SECRETARIA


ARELIS FALCÓN
EXP. Nº AP31-S-2014-003391
MCGH/AF/Miriam