REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

Valle de la Pascua, 26 de Marzo de 2015.-
204° y 156°

Solicitud N° 2013-3231

Visto el cómputo que consta en autos y diligencia de fecha 25 de Marzo de 2015 (folio 141), suscrita por la ciudadana Abogada NILSA NOHELLYS CAMACHO, en su carácter de Defensora Pública Agraria N° 01. Extensión valle de la Pascua del Estado Guárico, y quien actúa en Representación de los Solicitantes, ciudadanos CARLOS SIEIRO ZAMBRANO y JUAN CARLOS PARACO HERRERA, mediante la cual apeló de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 17 de Febrero de 2015, (folios 100 al 136 ambos inclusive), la cual revoco la Medida de protección Agrícola y Pecuaria, de fecha 15 de Enero de 2014, (folios 135 al 136. ambos inclusive de la Primera Pieza), por cuanto del mismo se desprende que ha transcurrido íntegramente el lapso para interponer la Oposición, por lo que este Juzgado no oye la APELACIÓN, propuesta por la parte solicitante, por cuanto la misma es EXTEMPORÁNEA.
El Juez,

ABOG. JOSE LA CRUZ U.
La Secretaria Acc,

ABG. MELIDA M. SUAREZ

Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal en el día de hoy 26 de Marzo de 2015, siendo las 2:30 minutos de la tarde.- Conste.-
La Secretaria Acc,

ABG. MELIDA M. SUAREZ
Solicitud N° 2013-3231
JLACU/MMS/mms.