REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de mayo de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Vista la diligencia de fecha 06 de mayo de 2015 mediante la cual el abogado José Rafael REQUENA GUERRA (INPREABOGADO Nº 27.581), actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante, solicitó: “…se sirva en expedirme copias certificadas de los folios: 87 al 96, 98, 102, 108, 109, 112…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA lo solicitado previa consignación de los fotostatos necesarios por la parte actora.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JE41-G-1993-000003
RADZ/GCMM /ojgj