REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiséis (26) de mayo de dos mil quince (2015)
205º y 156º
Visto que en fecha 18 de mayo de 2015, este Tribunal se pronunció respecto a las pruebas promovidas en el presente Recurso de Nulidad y se libró oficio Nº JE41OFO2015000523 dirigido a la ciudadana Síndica Procuradora del Municipio Julián Mellado del estado Bolivariano de Guárico, oficio Nº JE41OFO2015000524 dirigido a la ciudadana Presidenta del Concejo Municipal del referido Municipio y se libró comisión mediante oficio Nº JE41OFO2015000525 dirigida al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, se advierte que en virtud de que en fecha 25 de mayo de 2015, la ciudadana Presidenta del Concejo Municipal del aludido Municipio, así como la abogada Ledys MORENO (INPREABOGADO Nº 168.396), actuando en su carácter de apoderada judicial del la Alcaldía del Municipio Julián Mellado del estado Bolivariano de Guárico, se dieron por notificadas, así se entienden, razón por la cual, este Tribunal, ordena consignar en el sistema Juris 2000 y agregar al expediente los referidos oficios y comisión.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2014-000065
RADZ/GCMM/mpgn