REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de mayo de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Visto que en fecha 04 de este mismo mes y año, el ciudadano JOSÉ GABRIEL GONZÁLEZ ESPINOZA (Cédula de Identidad Nº 13.448.101), asistido de abogado, consignó mediante diligencia los fotostatos necesarios para cumplir con la notificación del ciudadano Gobernador del entonces estado Guárico, hoy GOBERNADOR DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, así como también la citación del ciudadano PROCURADOR GENERAL del referido estado.
Ahora bien, revisadas como han sido las actas de presente Expediente, se advierte que este Tribunal en fecha 09 de abril de 2015, mediante decisión Nº PJ0102015000069 ADMITIÓ el presente recurso y por cuanto se evidencia que se omitió la notificación del ciudadano Director General de la Policía del entonces estado Guárico, hoy DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, este Juzgado ordena su notificación. Líbrese oficios.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JP41-G-2015-000040
RADZ/GCMM/ojgj