REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de mayo de dos mil quince (2015)
205º y 156º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal advierte que en fecha 11 de agosto de 2011, mediante sentencia, el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JEAN MANUEL MOTA (Cédula de Identidad Nº 13.152.435), asistido de abogados, contra la Gobernación del entonces estado Guárico (Policía del entonces estado Guárico), hoy GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO). No obstante, se advierte que contra el fallo dictado en el presente asunto no se interpuso recurso alguno, por tanto, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JE41-G-2005-000024
RADZ/GCMM/ojgj