REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, doce (12) de mayo de 2015.-
204º y 155º
PARTE DEMANDANTE: MARIA JOSE ENGUAIMA SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.014.442, y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO JOSE DELGADO SUNICO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 21.311.412, y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO.-
EXPEDIENTE Nº: 18.984.-

Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente se evidencia, que la demandante de autos ciudadana MARIA JOSE ENGUIMA SARMIENTO, no compareció al primer acto reconciliatorio en el presente juicio, por lo que este Tribunal declara extinguido el proceso de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico.
El Juez…………………………………………………………………………………………
Dr. José A. BERMEJO--------------------------------------------------La Secretaria
Certificación: Quien suscribe hace constar que la copia que antecede es fiel y exacta de su original, y la misma se expide por orden del Tribunal, Valle de la Pascua, doce de mayo de dos mil quince.-

Exp. Nº 18.984
JB/dd