REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 27 de noviembre de 2.015.
205º y 156º
Visto el escrito de solicitud de medida autónoma de protección agrícola y pecuaria, interpuesto por la ciudadana Nilsa Noellys Camacho Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.060.109, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 114.799, actuando en su carácter de defensora publica con competencia agraria, N° 01, adscrita a la unidad de la Defensa Pública de valle de la Pascua, del estado Guárico, con domicilio procesal en el Circuito Judicial Penal; actuando por requerimiento del ciudadano: Antonio Ochoa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.332.720, el cual actúa en su propio nombre y de sus familiares, los ciudadanos Carlos Alfredo Ochoa, Elio Javier Ochoa y Fernando Ochoa, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.657.275, V-18.316.247 y V-8.967.070, respectivamente, ocupantes y trabajadores de un predio denominado Casanare-Morichito, el cual se encuentra ubicado en el sector Casanare-Morichito de la jurisdicción del municipio Santa María de Ipire, constante de una superficie de ciento noventa y tres hectáreas con mil ochocientos sesenta y seis metros cuadrados (193 has 1.866 m2). Alinderado de la siguiente manera: Norte: terrenos de Casanare Sur: carretera nacional Santa María de Ipire-Pariaguan; Este: terrenos de Taguapire y Oeste: terrenos de Casanare. Este Tribunal admite la presente solicitud por no ser contraria al orden público o alguna disposición legal y ordena la realización de una inspección judicial sobre el lote de terreno en el sector antes mencionado para el día martes 08 de diciembre de 2015. Líbrese Oficio a la Dirección Administrativa del Estado Guárico (DARG) y al General de la Zona Nº 34 de la Guardia Nacional Bolivariana con sede en San Juan de los Morros, Estado Guárico.

EL JUEZ,
ARQUIMEDES JOSE CARDONA A.
EL SECRETARIO
RICHARD HERRERA



EXP.: Nº JSAG-S-098
AJCA/RH /mb