REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 04 de noviembre de 2.015.
205º y 156º
Visto el escrito de solicitud de medida cautelar de protección agraria, interpuesto por los ciudadanos José Rubén Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.994.516, agropecuario La Nena; Leonel Lameda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.806.945 fundó Las Maravillas; Ali Sevilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.624.481, Fundo Negro Macario; Wilmer Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.790.039, fundó La Guillermera; Suhail Garcia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.339.043, Fundo el Muñeco; Carlos Medina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.553.132, fundo Monte Sinaí; Enrique Sturhahn; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.634.162, fundó Hestoc; Reifredo Hereida, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.625.769, finca La Reforma; Luis Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.628.517, colectivo el renacer, fundo los Taguapires, los mismos constan de 50 y 100 hectáreas cada uno, los cuales se encuentran ubicados en el sector Las Maravillas, parroquia Ortiz del estado Guárico. Este Tribunal admite la presente solicitud por no ser contraria al orden público o alguna disposición legal y ordena la realización de una inspección judicial sobre el lote de terreno en el sector antes mencionado para el día jueves 12 de noviembre de 2015. Líbrese Oficio a la Dirección Administrativa del Estado Guárico (DARG) y al General de la Zona Nº 34 de la Guardia Nacional Bolivariana con sede en San Juan de los Morros, Estado Guárico.

EL JUEZ,
ARQUIMEDES JOSE CARDONA A.
EL SECRETARIO
RICHARD HERRERA



EXP.: Nº JSAG-S-094
AJCA/RH /mb