REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciocho (18) de noviembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Recibido como ha sido los cuadernos de apelación distinguido con el Nº AP42-R-2013-000527, nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2015-5960, de fecha 29 de octubre de de 2015, relacionado con el Recurso contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el abogado Jorge Alejandro VALERA PEÑA (INPREABOGADO Nº 116.784), en su carácter de apoderado judicial la ciudadana DEVORA MENDOZA DE GONZÁLEZ (Cédula de Identidad Nº 14.881.252), contra la Gobernación del entonces estado Guárico, hoy GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de lo ordenado en la Sentencia del 30 de abril de 2015, dictada por la referida Corte, la cual declaró “… 1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto (…) 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto 3.- CONFIRMA el auto apelado…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada a los presentes cuadernos y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JE41-G-2007-000010
RADZ/GCMM