REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de noviembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Visto que en fecha 23 de este mismo mes y año, el abogado Andrés Eloy LINERO YAGUARACUTO (INPREABOGADO Nº 65.788), actuando con el carácter de apoderado judicial de la recurrente, consignó mediante diligencia los fotostatos necesarios para cumplir con la notificación de los ciudadanos SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO PEDRO ZARAZA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, FISCAL SUPERIOR DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y ALCALDE del referido Municipio. Este Juzgado ordena librar los oficios respectivos.
Aunado a ello, consignó los fotostatos para la apertura del cuaderno separado, ordenado en el auto de admisión, a los fines de tramitar la medida cautelar solicitada, este Tribunal, ordena abrir el respectivo Cuaderno de Medida de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JP41-G-2015-000089
RADZ/GCMM/datr