República Bolivariana de Venezuela

Tribunal Supremo de Justicia
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano, y Chaguaramas de la
Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
205º y 156º
Valle de la Pascua: Veintiséis (26) de Noviembre del Dos Mil 2015

SOLICITANTE: DANIELA JENIREE CAMARIPANO LORETO
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITUD: 408-15

Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, mediante el cual la ciudadana: DANIELA JENIREE CAMARIPANO LORETO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº 19.375.620, y de este domicilio, actuando para este acto en su propio nombre derechos e intereses, debidamente asistida por la abogada en ejercicio: ELOINA JOSEFINA ZURITA BELISARIO, Inpreabogado Nº 168.979, solicita sea declarada como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del difunto BECKER DANIEL CAMARIPANO, quien falleció ab-instestato en Valle de la Pascua Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, el día 16 de Mayo del 2015; cumplida la publicación ordenada, y no habiendo comparecido persona interesada a exponer lo que considerara conveniente en relación a la presente solicitud, visto igualmente los recaudos acompañados, así como la declaración de las testigos ciudadanos: OMAR RAFAEL GOMEZ y CARLOS GERMAN MACHUCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Números: 9.919.405 y 11.844.147 respectivamente, quienes manifestaron conocerlos de vista, trato y comunicación desde hace muchos años, igualmente que conocieron al difunto BECKER DANIEL CAMARIPANO, y que el mismo tenia su domicilio en la calle Guasco, Casa Nº 43 Este, Sector Centro, de esta ciudad, también manifestaron que les consta que el difunto falleció en el Hospital Dr. Rafael Zamora Arévalo de Valle de la Pascua estado Guárico, el dia 16 de mayo de 2015, asimismo les consta que la ciudadana anteriormente identificada es su única descendiente.
El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a el Ciudadano: DANIELA JENIREE CAMARIPANO LORETO venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 19.375.620, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del Difunto BECKER DANIEL CAMARIPANO. Déjese constancia en el libro diario respectivo y devuélvanse originales con sus resultas de las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.-
La Jueza Temporal

La Secretaria
Abg. HEIDIMER CORDERO.
Abg. ROSA RAMIREZ
HC/rr/eg.-
Solicitud Nº 408-2015