República Bolivariana de Venezuela

Tribunal Supremo de Justicia
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano, y Chaguaramas de la
Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
205º y 156º
Valle de la Pascua: Tres de Noviembre del Dos Mil 2015

SOLICITUD: 329-15
SOLICITANTE: CARMEN LUISA RON TROCONIS
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Se inicia el presente procedimiento, mediante solicitud admitida en fecha 08 de Octubre de 2015, con los recaudos acompañados, presentado por la ciudadana: CARMEN LUISA RON TROCONIS, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº 3.642.143, y de este domicilio, quien actúa en su propio nombre y en representación de sus hermanos: WILFREDO ALBERTO RON TROCONIS y ELSA MARINA TROCONIS DE QUINTERO; quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 4.832.639 y 6.175.977, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio MANUEL GONZALEZ PEREZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado Nº 19.246, en la cual solicita sean declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta ROSALIA TROCONIS ROJAS, quien falleció ab-instestato en Valle de la Pascua Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, el día 16 de Mayo del 2015; cumplida la publicación ordenada, y no habiendo comparecido persona interesada a exponer lo que considerara conveniente en relación a la presente solicitud, visto igualmente los recaudos acompañados, así como la declaración de las testigos ciudadanos: CRICEIDA MEDINA DE GONZALES y ROMELIA MARINA DE LAYA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Números: 4.309.706 y 3.094.723 respectivamente, quienes manifestaron conocerlos de vista, trato y comunicación desde hace muchos años, igualmente que conocieron a la difunta ROSALIA TROCONIS ROJAS, la cual falleció en fecha 16 de mayo de 2015, en el Hospital Dr. Rafael Arévalo Zamora de esta ciudad, también manifestaron que la difunta tuvo Cuatro (04) hijos de nombres CARMEN LUISA RON TROCONIS, WILFREDO ALBERTO RON TROCONIS, ELSA MARINA TROCONIS DE QUINTERO y YELITZA RON TROCONIS, esta ultima de las nombradas fallecida; asi mismo manifestaron que les consta que los ciudadanos anteriormente identificados son sus únicos descendientes.
El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a el Ciudadano: CARMEN LUISA RON TROCONIS, CARMEN LUISA RON TROCONIS, WILFREDO ALBERTO RON TROCONIS y ELSA MARINA TROCONIS DE QUINTERO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nº 3.642.143, 4.823.639 y 6.175.977 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Difunta ROSALIA TROCONIS ROJAS. Déjese constancia en el libro diario respectivo y devuélvanse originales con sus resultas de las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.-
La Jueza Temporal

La Secretaria
Abg. HEIDIMER CORDERO.
Abg. ROSA RAMIREZ
HC/rr/eg.-
Solicitud Nº 329-2015