REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 01 de Octubre de 2.015
205° y 156°
Estando en la oportunidad legal correspondiente para este tribunal pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas por la parte solicitante, se provee, en consecuencia.
La parte solicitante en su escrito de solicitud de fecha 29 de Septiembre de 2.015, promueve y reproduce todas y cada una de las pruebas incorporadas a la solicitud de la letra “A” hasta la letra “F”. Se admiten por no ser contrarias al orden público ni a las buenas costumbres, se apreciará su justo valor en la definitiva.


HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,
LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,


HMP/LM/jc
Exp. N° 318-15