Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 22 de septiembre de 2015
205° y 156°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-000876
PARTE ACTORA: KEYLA ROMINA MONTAÑEZ TORRES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EDGAR MONTAÑEZ, JESUS MARIA AVENDAÑO
PARTE DEMANDADA: BANCO DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA (BANDES),
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JANETH BRACHO y OTROS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Hoy, 22 de Septiembre de 2015, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el abogado Jesús Avendaño, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; así como la abogada Janeth Bracho, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada; quien consigna copias certificadas de instrumento poder contentivo de siete (7) folios útiles, el cual se ordena agregar a los autos, dándose así inicio a la audiencia. Luego de conversaciones, ambas partes manifiestan que de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, han llegado a un acuerdo transaccional en el cual la demandada ofrece a la parte actora la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO BOLÍVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 246.305,93), pagaderos en este mismo acto mediante cheque Nº 31639625 a favor de la accionante, del Banco Bicentenario, cuyo titular es la parte demandada. En este estado el apoderado judicial de la parte actora, libre de constreñimiento alguno, manifiesta que recibe conforme con la cantidad ofrecida por la demandada en los términos señalados supra; así mismo ambas partes declaran expresamente que el acuerdo lo celebran con el objeto de poner fin al presente juicio de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, y de precaver cualquier eventual litigio, disputa o reclamación entre las partes que tengan por objeto los derechos pretendidos por AL EXTRABAJADORA en el presente juicio o cualquier otro que pueda corresponderle en virtud del vínculo obligacional que los unió distintos del presente juicio, solicitando que en tal sentido se homologue el presente acuerdo. Se deja constancia que las partes consigna en un folio útil copia simple del cheque señalado supra, suscrito en original por el apoderado judicial de la parte actora en señal de haberlo recibido y en un (1) folio útil y su vuelto copia simple de “Punto de cuenta al Presidente”, mediante el cual se autoriza a llegar a un acuerdo en el presente asunto, cuyas documentales se ordenan agregar a los autos. Visto lo expuesto por los presentes este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, por cuanto la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la parte accionante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.



La Juez;
Abg. Claudia Valencia



La Secretaria
Abg. Lisbeth Montes



Jesús Avendaño



Janeth Bracho