REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciocho (18) de septiembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

De una revisión de las actas que conforman el presente asunto se advierte que:
En fecha 16 de septiembre de 2014 este Tribunal dictó sentencia mediante la cual declaró INADMISBLE el recurso incoado y ordenó la notificación de las partes.
El 19 de septiembre de 2014 el apoderado judicial de los actores ejerció recurso de apelación.
Mediante auto del 02 de octubre de 2014 este Tribunal ordenó librar la notificación de la sentencia y libró la comisión correspondiente.
Por diligencia de fecha 08 de diciembre de 2014 se ratificó el recurso de apelación, dicho recurso se oyó en ambos efectos mediante auto de fecha 09 de diciembre de 2014, asimismo, se ordenó la notificación de las partes y se les advirtió que una vez constara la última de esas notificaciones se remitiría el asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo; dichas notificaciones constaron en autos el 16 de septiembre de 2015.
En virtud de ello, y por cuanto se verifica que consta en autos la última de las notificaciones de las partes de la remisión de asunto a las aludidas Cortes, remítase el expediente. Líbrese oficio.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JE41-G-2006-000103
RADZ/GCMM