REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiocho (28) de septiembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Vista la diligencia de fecha 18 de septiembre de 2015, mediante la cual el abogado Franklin Enrique AGUERO HERNÁNDEZ (INPREABOGADO Nº 30.008), actuando en su carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil TOPELAR, C.A., apeló de la sentencia Nº PJ0102015000137 dictada por este Juzgado en fecha tres (03) de agosto de dos mil quince (2015), en la que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Joseph TOPEL CAPRILES (INPREABOGADO Nº 14.125) actuando en su carácter de apoderado judicial de la referida sociedad mercantil, contra la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio del entonces estado Guárico, hoy ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO.

Por lo que, este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS el recurso de apelación ejercido y ordena notificar a las partes, que una vez conste en auto la última de las notificaciones se remitirá el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta y oficios respectivos.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2013-000050
RADZ/GCMM