REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
Calabozo, 21 de Abril de 2.016
206º y 157º

Vista la diligencia suscrita en fecha 13 de Abril de 2.016, por el Defensor Público Primero Agrario, extensión Calabozo, abogado José Arquímedes Díaz, inscrito en el inpre-abogado Nº 60.919, en su carácter de parte actora en el presente proceso. En consecuencia, este tribunal advierte que del contenido de la prenombrada diligencia la parte actora no tiene interés alguno a la conciliación, motivo por el cual esta Instancia Judicial Agraria deja sin efecto el método alternativo de la conciliación en la presente causa. Se ordena la notificación de parte demandada y como consecuencia se reanuda el curso Legal correspondiente de la causa una vez conste en autos la notificación de la demandada. Líbrese boleta. Así se decide.


HUMBERTO MORALES PADRON. LILIANA MOGOLLON.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,










Exp. 344-15
HMP/LM/ncl