REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de abril de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2015-000281 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº CSCA-2016-000740, de fecha 08 de marzo de 2016, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano RODOLFO ENRIQUE GARCÍA VILLASMIL (Cédula de Identidad Nº 7.186.475), asistido de abogado, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICÍA ADMINISTRAIVA Y DEL TRÁNSITO (IAPAT) DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO BOLIVARINO DE AGUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha 30 junio de 2015, la cual se declaró “…1.- COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en fecha 4 febrero de 2015, que declaró Inadmisible por caducidad el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto (...) 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta. 3.- CONFIRMA la sentencia apelada...”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-2014-000037
RADZ/GCMM/bzug