REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiséis (26) de abril de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

Visto que en fecha veinte y uno (21) de abril de dos mil dieciséis (2016) se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por el abogado Frank Reinaldo TORRES SIERRA (INPREABOGADO Nº 35.926) actuando en carácter de apoderado judicial del ciudadano SANTIAGO JOSÉ VILERA (Cédula de Identidad Nº 8.765.817), mediante la cual solicitó: “…se sirva de declarar definitivamente firme la sentencia bajo el número PJ102016000039, y ejecutoriada que sea está, que se oficie y notifique al Alcalde de la Alcaldía y al Síndico Procurador del municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico…”, se advierte que en fecha once (11) de abril de dos mil dieciséis (2016) este Juzgado dictó sentencia Nº PJ2016000039, razón por la cual se ordena la notificación de la aludida sentencia, para lo cual se insta a la parte actora a consignar los fotostatos necesarios, y una vez conste en autos la resultas de las notificaciones este Tribunal pasará a declarar definitivamente firme.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JE41-G-1997-000001
RADZ/GCMM/bzug