TRIBUNAL DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE MUNICIPIO “JOSE FELIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
TUCUPIDO, 05 DE ABRIL DE 2016.
205º Y 156º
Vista la proposición de obligación de manutenciòn realizada por el Ciudadano: LUIS JACOBO JIMENEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, docente, titular de la Cèdula de Identidad Nª V- 13.650.810, parte demandada en el presente juicio (Exp. Nª 1666-2016), donde propuso la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,00) mensual, para la manutención, aparte zapatos, ropa diaria o cualquier otra cosa, cualquier detalle, igualmente 50% época escolar y decembrina, médico y medicinas cuando se amerite”.- Y la aceptación de la misma por parte de la Ciudadana NEGLIMAR GUIPPE RODRIGUEZ, quien actúa en representación de sus niños (identificadas en autos); El TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR TERMINADO CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÒN, y se establece en el interès superior del niño y del adolescente, que el demandado seguirà depositando en la cuenta de ahorro aperturada por la ciudadana supra mencionada como representante de sus niños, en el Banco Bicentenario, sucursal Tucupido, la cantidad establecida deberà ser depositada por el demandado los cinco (5) primeros días de cada mes y traer a los autos el recibo de deposito correspondiente en prueba de haber dado cumplimiento con dicho convenimiento.- Provéase lo conducente
La Jueza Provisoria:

Abg. Rosa Virginia Anzola Páez.- La Secretaria;

Abg. Carolina Ramona Iroba Flores.
En la misma fecha, con oficio N° , se dio cumplimiento al auto anterior.-
La Secretaria;

Abg. Carolina Ramona Iroba Flores.
Exp. N° 1666-2016.-
RVAP/CRIF/mildred.-