REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
Calabozo, Once (11) de Agosto de dos mil Dieciséis (2016)
206° y 157º
SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE: JP61-L-2016-000045
PARTE ACTORA: MANUEL ANTONIO MEDINA TRUJILLO, titular de la cedula de identidad Nº 6.681.191
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, C.A OPICA
REPRESENTANTES DEL PATRONO: NO CONSTITUYO
MOTIVO: RECLAMACION DE BENEFICIOS LABORALES.
En el día hábil de hoy Jueves Once (11) de Agosto de 2016, siendo las Diez horas (10:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar incoado por los ciudadanos MANUEL ANTONIO MEDINA TRUJILLO, titular de la cedula de identidad Nº 6.681.191, contra PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, C.A OPICA; previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, no compareciendo por ante este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, ninguna de las partes ni por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que se declara la presunción de desistimiento del procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.
EL JUEZ,
ABG. PABLO CESAR ARISTIMUÑO
LA SECRETARIA,
|