REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 11 de Agosto de 2.016.
(206° y 157°)

ACTA DE AUDIENCIA ORAL.
En el día de hoy, jueves (11) de agosto del año 2.016, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) hora fijada, a los fines de que tenga lugar la audiencia oral para de resolución de controversia en la causa Nº JSAG-374, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 195 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, La Jueza Margarita García Salazar. El Secretario Irving Leonardo Reyes, y el Alguacil Delvis Méndez; Asimismo se deja constancia que se encuentra presente el abogado Oswaldo Feo González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.582.098, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 156.280, en representación del ciudadano Edgar Colmenares Falcón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.315.776, Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Granja Alconca C.A, en su condición de parte demandante. De igual forma se deja constancia que se encuentran presentes los abogados Greiner Marín, y Luis Aponte, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 14.103. 887 y V- 7.576.138., inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 99.787 y 106.667, en su condición de apoderados judiciales del Instituto Nacional de Tierras (INTI), también se encuentra presente el ciudadano Pedro Javier García Itriago, titular de la cédula de identidad Nº 14.294.200, Jefe de la Jefatura Territorial de Tierras Altagracia. Igualmente se deja constancia de que se encuentra presente la Defensora Publica Agraria Nilsa Noellys Camacho, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.060.109, debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el N° 114.799, actuando por requerimiento y en defensa de los ciudadanos: Orlando de Jesús Pérez, Henry Pérez, Wilson Orlando Pérez, Maribel Pérez y María Luznery Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.620.861, V-14.706.079; V-21.232.556; V-14.706.080; y V-19.702.729, respectivamente, en su condición de solicitantes de la medida de protección. Igualmente se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano Juan Bautista Suarez, titular de la cedula de identidad Nº 7.295.335, en representación de los denunciantes ante el Instituto Nacional de Tierras del Fundo denominado “Alconca”. Acto seguido expone la ciudadana Jueza: Conocido el objetivo de la presente audiencia, se le concede el derecho de palabra a la parte demandante: La cual expone: “Estamos pidiendo que el hecho controversial que existe entre los solicitantes de la medida de protección, sea derimido al Tribunal de Primera Instancia Agraria por ser una controversia entre particulares que hacen vida en el fundo. Me opongo a que sea dictada la medida de protección a los solicitantes, y rechazo la medida por cuanto la Granja Alconca tiene planes de siembra en el fundo para contribuir con el desarrollo agroalimentario del país y sustentar la seguridad agroalimentaria. En este acto consigno instrumento poder y escrito a los fines de ser agregados al expediente”. Asimismo expone la ciudadana Jueza: Se le concede el derecho de palabra representación de los solicitantes de la medida de protección. La cual expone lo siguiente: “Ciudadana jueza solicitamos la presente medida en virtud de la producción de ganado doble propósito y la producción agrícola de siembra de maíz, la cual ha sido observada por el Instituto Nacional de Tierras en los informes realizados por dicha institución, producción que es desarrollada por mi defendido el ciudadano Orlando Pérez y su núcleo familiar, el cual tiene en el lote de terreno de 27 a 30 años, ya que comenzó con la figura de encargado del fundo, pero es el caso que el INTI está iniciando un procedimiento sobre el lote de terreno trabajado por mis representados y por ello les solicitó paralizar la producción, lo cual afecta la seguridad agroalimentaria, es por ello que discrepo de la medida de aseguramiento iniciada por el INTI, porque estamos produciendo, asimismo manifiesto que la medida aquí solicitada no fue contra ningún particular, no es en contra de los denunciantes, sino en contra del INTI, es por ello que ratifico la solicitud de medida de protección realizada por esta defensa, porque está afectando la unidad de producción existente en el fundo” Expone la ciudadana Jueza: Se le concede el derecho de palabra representación del Instituto Nacional de Tierras. La cual expone: “Ciudadana jueza con respecto al procedimiento de tierras ociosas, es de resaltar en este acto la representación de Alconca manifestó oralmente la ociosidad de la tierra, es decir, que el procedimiento estuvo ajustado a derecho. También hay que señalar que el sistema que maneja el Instituto Nacional de Tierras, arrojó que la ciudadana Emilse Pérez, ya está regularizada en otro lote de terreno denominado Los Samanes. Por otra parte este Instituto a reconocido en los informes levantados, como ocupante al ciudadano Orlando Pérez, pero tenemos que esperar la conclusión del procedimiento administrativo para saber quiénes son los beneficiarios del acto, no podemos ir con vías de hecho como lo es la invasión, porque existe medida de aseguramiento sobre el lote de terreno, y esta representación en ningún momento se opone a la producción pero lo que no se puede permitir es la arbitrariedad y la anarquía más aun cuando existe un procedimiento administrativo, y todos ellos fueron notificados del acto. En este acto consignamos el expediente administrativo relacionado con la presente causa” se le concedió el derecho de palabra al Pedro García, adscrito a la Jefatura Territorial de Tierras de Altagracia quien expuso: “De las inspección realizadas se ha determinado un nivel de ociosidad de Alconca del 100%, sin embargo de la última inspección realizada en fecha 12 de julio de 2016, se observó el nivel de ociosidad por parte de la agropecuaria Alconca y se observo una unidad de producción del ciudadano Orlando Pérez y su núcleo familiar consistente en una siembra de maíz amarillo en una extensión de 26,6 hectáreas, 139 bovinos y una cerca levantada por el de 4586 metros lineales, pero se observó que la mayoría de los hierros pertenecían a la ciudadana Emilse Pérez que ya como se dijo tiene un procedimiento de regularización y en ese momento se les exigió que detuvieran la siembra y desincorporaran el ganado que introdujeron el el lote de terreno por no tener la autorización por parte del Instituto”. Asimismo la ciudadana jueza le concedió el derecho de palabra a al ciudadano Juan Bautista Suarez, en representación de los denunciantes del Fundo Alconca: quien expuso: “En el año 2013, un grupo de personas vista la necesidad de tierras para trabajar, fueron a denunciar el lote de terreno denominado Alconca por encontrarse ocioso, en el 2014 el INTI hizo inspección al fundo en la cual, no se evidenció ningún tipo de producción ni de ocupación, porque los solicitantes de la presente medida viven al lado del fundo es decir no son ocupantes sino que trasladan el ganado al lado, es verdad que actualmente tienen un sembradío de 26 hectáreas y es de señalar que ellos no presentaron los hierros de propiedad del ganado, lo que evidencia que el ganado era trasladado, por otro lado pedimos que se respete la medida cautelar dictada por el Instituto Nacional de Tierras, nosotros respetamos la medida de aseguramiento y sabemos que es legal que terminen el ciclo de siembra, pero queremos saquen el ganado de la tierra que no es de ellos, no venimos a pasar por encima de su autoridad sino solicitar el respeto de la medida de aseguramiento emitida por el Instituto”. En este acto consigno los informes emitidos por el INTI.” Se apertura el contradictorio mediante el cual la le Defensora Publica Agraria en representación los solicitantes de la medida de protección expone: “Rechazo lo dicho por el ciudadano Juan Bautista Suarez, porque el mismo no tiene cualidad para estar en el presente juicio”. Asimismo el ciudadano Juan Bautista Suarez, en representación de los denunciantes expuso: “ Ciudadana juez me opongo y rechazo lo dicho por la Defensora Publica aquí presente, con respecto a mi legitimidad o falta de cualidad, porque con mi edad y haber llegado hasta cuarto grado, no es mucho lo que se pueda pedir”
I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS:
1. Parte demandante:
1.- No promueve ninguna prueba.

2. Instituto Nacional de Tierras:
Promueven el informe técnico realizado por el INTI. Este Tribunal visto que el mismo no fue impugnado por las partes, le otorga valor probatorio a dicho Instrumento como documento administrativo. Así se decide.

3. De las pruebas promovidas por los solicitantes:
Promovemos lo que consta en el expediente.
II
DISPOSITIVA
Acto seguido este Juzgado Superior Agrario de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario pasa a dictar dispositivo en los siguientes términos:

PRIMERO:COMPETENTE para conocer la Medida Autonoma de Proteccion a la producción agrícola y pecuaria, solicitada la Defensora Publica Agraria Nilsa Noellys Camacho, venezolana , mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.060.109, debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el N° 114.799, actuando por requerimiento y en defensa de los ciudadanos: Orlando de Jesús Pérez, Henry Pérez, Wilson Orlando Pérez, Maribel Pérez y María Luznery Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.620.861, V-14.706.079; V-21.232.556; V-14.706.080; y V-19.702.729, respectivamente, en su condición de terceros interesados, sobre un lote de terreno denominado fundo Alconca-El Jaguey, ubicado en El Sector El Toro, Parroquia Libertad de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, constante de cuatrocientas cuarenta y ocho hectáreas con siete mil doscientos ochenta y tres metros cuadrados (448 has con 7.283 mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos que son o fueron de José Manuel Infante y Miguel Infante; SUR: Terrenos que son o fueron de Miguel Infante y Modesto Silva; ESTE: Terrenos que son o fueron de Freddy Ledezma y OESTE: Terrenos que son o fueron de José Manuel Infante y Miguel Infante.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Medida Autónoma de Protección a la Producción Agrícola, sobre un lote de terreno denominado fundo Alconca-El Jaguey, ubicado en El Sector El Toro, Parroquia Libertad de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, constante de ventaseis hectáreas con seis mil metros cuadrados (26 has con 6000 mts2) sembradas de maíz amarillo, de conformidad con el informe técnico realizado por el Instituto Nacional de Tierras, en fecha 13 de julio de 2016, a favor de los ciudadanos Orlando de Jesús Pérez, Henry Pérez, Wilson Orlando Pérez, Maribel Pérez y María Luznery Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.620.861, V-14.706.079; V-21.232.556; V-14.706.080; y V-19.702.729, y si van a introducir algún ganado deberán tener la previa autorización del Instituto Nacional de Tierras.
TERCERO: La presente medida tendrá una duración de ciento cincuenta (150) días hasta que culmine el ciclo de siembra de maíz a partir de la presente fecha.
CUARTO: Este Tribunal Superior por no ser contraria en derecho acuerda expedir las copias certificadas por secretaria para a las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese, conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo este Tribunal procederá a extender el presente fallo en un lapso de 48 horas de conformidad con el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia se declara culminado el acto. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Siendo las 1:30 p.m.

LA JUEZA,
MARGARITA GARCIA SALAZAR


Representante de la parte demandante (ALCONCA)





Representantes judiciales del Instituto Nacional de Tierras.





Representantes de la medida solicitada
Defensa Pública










Denunciantes del Fundo Alconca
































El Alguacil
Delvis Méndez;




EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES G.