REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Valle de la Pascua, 08 de Agosto de 2016
206° y 157°
Vista la apelación interpuesta por la ciudadana Abogada FANNY ESCOBAR, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.792, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA DE LOS REYES RISSO HERRADA, demandante de autos, mediante diligencia constante de Dos (02) folios útiles (folios 15 al 16, ambos inclusive) del presente Expediente, contra la decisión dictada por este Tribunal en fecha 25 de Julio de 2016 (folios 07 al 12, ambos inclusive del cuaderno de medidas), este Tribunal admite dicha apelación en un solo efecto.- En consecuencia, se fijan los cinco (5) días de despacho siguiente para la indicación de las actas conducentes que indiquen las partes y aquellas que señale el Tribunal que en copias deberán ser remitidas con oficio al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de conformidad con el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, se fija el término de la distancia en Un (1) día.-
La Juez,
ABG. ANYBETH SULBARÁN MARTÍNEZ.-
La Secretaria Titular
ABG. YANITZA TORRES
Expediente N° 2016-4510
ASM/YT/mms.-