REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de diciembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-002336
PARTE ACTORA: GUILLERMO VIVAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GUILLERMO VIVAS
PARTE DEMANDADA: C. A. CERVECERIA REGIONAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BEATRIZ ROJAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veinte (20) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), siendo las 10:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se encuentra presente la abogada BEATRIZ HAYDEE ROJAS, inscrita en el IPSA bajo el No. 75.211, quien actúa como apoderada judicial de la parte demandada, C. A. CERVECERIA REGIONAL, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano GUILLERMO VIVAS, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 ° y 206 °. En esta misma fecha se publico y diarizo la presente decisión.-
El Juez
la Secretaria
Abg. José Francisco González Lamuño
Abog. Mirianky Zerpa
Apoderada judicial de la parte Demandada
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