REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 05 de Diciembre del 2.016.
206º y 157º

Cumplidas como han sido las notificaciones ordenadas en la Medida de Protección de oficio a la actividad agraria, decretada por este Juzgado Superior, en fecha 03 de Mayo de 2016, sobre un lote de terreno constante de una superficie aproximada de (456,05 Mts2). Este Juzgado Superior, en Aras de Garantizar los Principios Constitucionales tales como el derecho a la defensa y el debido proceso artículos 26 y 49 de nuestra carta magna y visto que ha trascurrido en demasía el tiempo desde la fecha donde se ordeno la notificación hasta la presente fecha, es por ello que se ordena particíparle a la Oficina Regional de Tierras (ORT) y a los apoderados judiciales del Instituto Nacional de Tierras (INTI), Abogados: Luís Aponte, Greiner Marín y Ricardo Laurens, mediante los correos electrónicos: Ortguarico@inti.gob.ve, luis.aponte52@gmail.com, abggreinermarin@hotmail.com, dojolaurens@hotmail.com, ; que a partir de la presente fecha (Exclusive) iniciara el lapso a que hace referencia el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Participación que se hará a través del sistema de comunicación electrónicos, como fax o correo electrónico, de conformidad en el articulo 91 numeral 3 de la Ley de Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, Líbrese los Oficios Correspondientes. Es todo. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.



EXP- JSAG-S-118-2016.-
MGS/IR.-