REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 09 de Diciembre de 2016.
206º y 157º


Visto el escrito contentivo del Recurso de Amparo Constitucional, presentado por los ciudadanos Adorelys Ismary Baloa Peña, venezolana, titular de la cedula de Identidad Nº V-17.001.411, y el profesional del derecho José Antonio Ledezma Velásquez, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.572.088, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 66.376, actuando en su propio nombre y representación de su esposa, en contra de la Medida de Protección Agraria dictada en fecha 01 de Diciembre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario del estado Guárico. En consecuencia este Tribunal ordena darle entrada al presente Recurso de Amparo Constitucional signándole el número JSAG-436-2016 (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ SUPERIOR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.


EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.





Exp. JSAG-436-2016.-
MGS/IR.-