REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinte (20) de diciembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-O-2016-000036 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2016-1809, de fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), mediante el cual remite cuaderno separado de apelación relacionado con el asunto Nº JP41-G-2016-000031 (nomenclatura de este órgano jurisdiccional) en las vías de hecho que denuncia el ciudadano FRANKLIN ANDRÉS CAMARGO (Cédula de Identidad Nº 27.035.954), asistido de abogado, en las que presuntamente incurrió la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RÓMULO GALLEGOS. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha dieciocho (18) de octubre de dos mil dieciséis (2016), la cual se declaró “…1.- Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta (…) 2.- NULO por violación del orden público el fallo objeto de impugnación. 3.- INOFICIOSO pronunciarse sobre el recurso de apelación. 4.- PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. En consecuencia: 4.1.- Se ORDENA a la Dirección de Admisión, Control y Evaluación de la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos incorporar al demandante como estudiante regular de la carrera de Medicina de conformidad con lo establecido en la motiva del presente fallo...”. Visto con el pronunciamiento anterior este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JP41-G-2016-000031
RADZ/GCMM/ejph