REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de diciembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

Visto que en fecha uno (01) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), el ciudadano FRANKLIN CAMARGO (Cédula de Identidad Nº V-. 27.035.954), asistido por la abogada Zuraima VARGAS (INPREABOGADO Nº 168.366), consignó mediante diligencia los fotostatos necesarios para cumplir con las notificaciones ordenadas mediante sentencia Nº PJ0102016000141, dictada por este Tribunal el veintiocho (28) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), este Juzgado ordena librar los oficios respectivos. Líbrense oficios.
Ahora bien, por cuanto el mencionado ciudadano solicitó se le designe correo especial, este Juzgado en virtud de lo solicitado acuerda nombrarlo correo especial a los efectos de que entregue ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y devuelva ante este Tribunal el oficio respectivo.

El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2016-000031
RADZ/GCMM/bzug