REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES Y ORTÍZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Actuando en Sede Civil



San Juan de los Morros, primero de diciembre de 2016
206º y 157º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA Nº 01-01122016
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: MARIA VALENTINA NAVAS DE BARRIOS, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.214.322.-
EXPEDIENTE: Nº 7411-16

I
Vista la solicitud, presentada por la ciudadana MARIA VALENTINA NAVAS DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad N° V-2.214.322, asistida por el abogado en ejercicio BRAULIO ERNESTO RIVERO PONCE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 157.315, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurias levantadas en una parcela de propiedad Municipal al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II

Se evidencia de la CONSTANCIA PARA EVACUAR TITULO SUPLETORIO Y LA CERTIFICACIÓN DE LINDEROS, emanadas de la Alcaldía Bolivariana Municipio Juan German Roscio Nieves del Estado Guárico, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurias se encuentran ubicadas en el BARRIO LAS MERCEDES, CALLE SANTA ELENA CASA N°46, SAN JUAN DE LOS MORROS, MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES, DEL ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de: DOS MIL CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (2.150,00 M2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con Solares de las casas de Agustín Díaz, Pedro Tarazona, en: 60,35 ML. Sur: Con Calle Santa Elena, que es su frente, en: 24,90 ML; Este: Con Calle Santa Elena, en: 24,95; 8,10; 20,39 ML y, Oeste: Con casa y Solar de Finol Escalante en: 50,51 ML; identificado con el Código Catastral No. 12 12 01 URB 07 15. Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos BEATRIZ HAIDEE GARCIA BANDRES y DANNY RAFAEL GUZMAN OJEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: Nº V-8.784.803 y V-8.421.044, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurias sobre el terreno de propiedad Municipal anteriormente identificado.

III

Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana MARIA VALENTINA NAVAS DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad N° V-2.214.322.
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a los solicitantes y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. En San Juan de los Morros, al primer (1er) día del mes de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).-
LA JUEZA

ABG. INGRID JOSEFINA HERNANDEZ
SECRETARIA TEMPORAL


ABG. MARIA CAROLINA AGUIRRE AROCENA

En ésta misma fecha siendo las 11:30 a.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.
SECRETARIA TEMP.
SOLC. Nº. 7411-16
IJH/MCAA/ylr.-