ASUNTO : AP31-S-2016-005935
SOLICITANTE: ciudadana SOLEY DEL CARMEN ROJAS BALDERI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-13.312.497.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: SORANGE MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 42.996.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
I
ANTECEDENTES
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 13 de julio de 2016, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 18 de julio de 2016, el Tribunal le dio entrada a la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, y se instó a la interesada a consignar copia certificada del acta de defunción del de cujus, ciudadano Domingo Edilio Rojas, así como copias certificadas de actas de nacimientos de los hijos del de cujus, ciudadanos Soley del Carmen Rojas Balderi, David Antonio Rojas Díaz, Yohana Carolina Rojas Díaz, Dayana Karina Rojas Díaz y Lina Solangel Rojas Díaz.
En fecha 19 de octubre de 2016, compareció ante este Tribunal la ciudadana Soley Rojas, asistida por la abogada Sorange Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 42.996, y consigno original de datos filiatorios de la ciudadana Soley Rojas, así como las copias certificadas de las actas de nacimientos de los ciudadanos Johana Carolina, David Antonio y Dayana Karina.
En fecha 20 de octubre de 2016, la Jueza del Tribunal Dra. Jenny Mercedes González Franquis, se abocó al conocimiento de la solicitud, asimismo, se señalo por auto que no fue consignado la copia certificada del acta de defunción del causante ciudadano DOMINGO EDILIO ROJAS, así como la copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana LINA SOLNAGEL ROJAS DIAZ, por lo que se instó a la interesada a consignar las mismas.
En fecha 27 de octubre de 2016, compareció ante este Tribunal la ciudadana Soley Rojas, asistida por la abogada Sorange Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 42.996, y consignó original del acta de defunción del de cujus, ciudadano Domingo Edilio Rojas.
En fecha 1 de noviembre de 2016, el Tribunal mediante auto instó nuevamente a la interesada a consignar copia certificada de acta de nacimiento de la ciudadana Lina Solangel Rojas Díaz, en virtud de que no ha dado fiel cumplimiento al auto dictado por este Tribunal en fecha 20/10/2016, dándole un lapso perentorio de 20 días continuos.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 1 de Noviembre de 2016, a saber: 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 29 y 30 de Noviembre de 2016; 01; 02; 03; 04; 05; 06, 07 y 08 de Diciembre de 2016, para que la interesada consignara el documento solicitado en el auto en referencia, en virtud de que el mismo es un documento fundamental para la tramitación de la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, y visto que hasta la presente fecha no ha comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,
Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
JMGF/IMCR/Edgar
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