ASUNTO : AP31-S-2016-008441
SOLICITANTE: ciudadana AMANDA JISELA RODRIGUEZ CASTILLO, colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-81.491.534
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: ANGEL HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.467.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
I
ANTECEDENTES
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 18 de octubre de 2016, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 20 de octubre de 2016, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Titulo supletorio, y se instó a la interesada a consignar autorización debidamente notariada de la junta de condominio y del propietario del inmueble, dándole un lapso perentorio de 30 días continuos.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 20 de Octubre de 2016, a saber: 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 29; 30 y 31 de Octubre; Noviembre 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23, 24, 25; 26; 27; 28; 29 y 30 de Noviembre; 01; 02; 03; 04, 05, 06, 07; y 08 de Diciembre de 2016; para que la parte interesada consigne los documentos solicitados en el auto en referencia, en virtud de que los mismos es un documento fundamental para la tramitación de la Solicitud de Titulo Supletorio y visto que hasta la presente fecha no ha comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,
Dra. JENNY M. GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
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