REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de enero de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º

Revisadas las actuaciones del presente asunto, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Valmy DÍAZ IBARRA (INPREABOGADO Nº 91.609) apoderado judicial de la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR C.A, contra la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio del entonces estado Guárico, hoy ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO.
Este Juzgado, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, ordena dictar auto para mejor proveer, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio del estado Bolivariano de Guárico, en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, informe a este órgano jurisdiccional, si fue renovada la Licencia de Expedición de licores a la mencionada sociedad mercantil, así como el estado actual de dicho trámite y remita las documentales que soporten dicha información.
El Juez


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. JE41-G-2011-000034
RADZ/GCMM/bzug