REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiuno (21) de enero de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º

Visto que en fecha veinte (20) de enero de dos mil dieciséis (2016) se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por el abogado Álvaro José LEDEZMA MARIN (INPREABOGADO Nº 132.068) actuando en carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN MARÍA INFANTE (Cédula de Identidad Nº 1.484.702), mediante la cual solicitó: “…se sirva de ordenar la Notificación del Ciudadano Alcalde y del Ciudadano Sindico Procurador del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico sobre la sentencia dictada…”, se advierte que en fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil quince (2015) se libraron los oficios correspondientes, notificando de la sentencia Nº PJ0102015000159 de fecha veintiséis (26) del mismo mes y año en los cuales se ordenó anexar copias certificadas de la aludida sentencia, ahora bien, por cuanto este órgano jurisdiccional no cuenta con los medios necesarios para reproducir el mencionado fallo, se insta a la parte querellante a proveer los fotostatos necesarios a los fines de remitir las notificaciones libradas.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA



La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2013-000048
RADZ/GCMM/bzug