REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 02 de Febrero de 2.016
205º y 156º

De la revisión minuciosa de las actas procésales que conforman el presente expediente se evidenció que en fecha 15 de Diciembre del año 2.015, por medio de auto de admisión de pruebas fue fijada la evacuación testimonial promovida por la parte actora, para el día 01 de Febrero del año 2.016 y en virtud que para la fecha fijada no hubo despacho por decreto de la alcaldesa N° AMM-001/2.016, que declaró día de jubilo no laborable para todos los sectores públicos del Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, por motivo del aniversario N° 292 de la Fundación de la Villa de todos los Santos de Calabozo, en consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado acuerda fijar la misma para el día de la celebración de la Audiencia Oral de Pruebas y una vez conste en autos la fecha de dicha Audiencia, se fijara la hora correspondiente para la celebración de la evacuación testimonial. Así se decide.


HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,
LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,







HMP/LM/yt
Exp. N° 352-15