REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de febrero de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º

Visto el escrito de contestación presentado en fecha 21 de enero de 2016 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Órgano Jurisdiccional, por la abogada María Luisa MATHEUS (INPREABOGADO Nº 94.497), este Juzgado advierte que en el poder otorgado por el Procurador General del estado Bolivariano de Guárico (anteriormente Procurador General del estado Guárico) a la referida abogada, el cual riela a los folios 36 y 37 del expediente judicial, se evidencia que la misma está facultada para darse por citada o notificada, razón por la cual, se entiende citada la Procuraduría General del estado Bolivariano de Guárico (anteriormente Procuraduría General del estado Guárico) y atendiendo a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de la Procuraduría General del estado Guárico, se suprime el lapso de quince (15) días hábiles para entenderse citado, en virtud de ello, este Tribunal libra las notificaciones faltantes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2015-000107
RADZ/GCMM/bzug