REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, trece (13) de julio de (2016)
(206° y 157°)
EXPEDIENTE Nº JSAG-078
Visto el oficio N° 136/2016 de fecha 04 de Julio de 2016, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua del estado, recibido por medio de fax, concerniente al número telefónico 0235-3417181, del juzgado antes identificado. Por medio del mismo se informa que: “ …en atención al oficio N° 230/2016, recibido en fecha 01 de Julio de 2016, procedente de ese juzgado, mediante la cual informo que por este tribunal no consta la sentencia de fecha 10 de noviembre del año 2015, asimismo me permito comunicarle que por ante este despacho cursa demanda por PROCEDIMIENTO Y DESOCUPACION O DESALOJOS DE FUNDOS, signada con el N° 2014-4433, incoada por la ciudadana: Marbelys Del Valle Puerta González, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad n° V-12.897.698, asistida por los abogados en ejercicios José Rafael Correa Ortega, Roberto Carlo Pérez y María Milagros Mendoza Rondón, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cedulas de identidad números: N° V-8.796.770, V-9.919.827, V-8.794.266, inpreabogados números: N° 156.544, N°158.986, N°163.572; contra el ciudadano Xavier Esteban Puerta; y en fecha 20 de junio de 2016, se dicto auto de abocamiento de la presente causa, dándose por notificada la parte actora en fecha 04 de julio de 2016...”. Es todo. En consecuencia este tribunal ordena agregar el oficio al expediente con el cual se relaciona.
LA JUEZA,
ABG. MARGARITA GARCIA SALAZAR
EL SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES G.
EXPEDIENTE N° JSAG-078
MG/IR/mb