REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, catorce (14) de Julio de (2016)
(206° y 157°)
EXPEDIENTE Nº JSAG182.

Por cuanto en fecha ocho (08) de abril de dos mil dieciséis (2016), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia me designó Jueza Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (31-05-2016), verificado así mismo, mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha seis (06) de junio de (2016), según consta en Acta Nº 24 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa, en la etapa procesal de notificación de la sentencia del Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano Gustavo Emilio Conde Delfino, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.151.827, contra el Instituto Nacional de Tierras, dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08 de julio del 2010, el cual fue declarado Sin Lugar el Recurso de Nulidad y ordenó la notificación de la sentencia a las partes.
Revisado como fue el expediente judicial que nos trata, se evidencia que este Juzgado Superior ordenó la notificación del abocamiento del Otrora Juez a la presente causa, en varias oportunidades en la dirección señalada por la parte actora, evidenciándose en las actas que conforman el expediente judicial que el alguacil del juzgado exhortado, dejo constancia en fecha 26 de mayo de 2015, la imposibilidad de practicar la notificación ordenada, por cuanto “la oficina se encontraba desocupada desde hace tiempo”, es decir, que los esfuerzos efectuados para lograr materializar la notificación resultaron infructuosos, ya que la parte actora en el presente Recurso de Nulidad cambio su domicilio procesal, sin participar a este Juzgado de la Causa. En virtud de lo antes expuesto, y con base a lo previsto en la parte in fine del artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, y con la doctrina en la materia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante decisiones No. 881, de fecha 24 de abril de 2003, y 1.324, de fecha 13 de Julio de 2.004, SE ORDENA la notificación de la parte demandante Gustavo Emilio Conde Delfino, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.151.827, en la Cartelera de este Tribunal, con base a las precisiones del artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el lapso del 233 ejusdem. Y así se Ordena.

LA JUEZA,


MARGARITA GARCIA SALAZAR
EL SECRETARIO,


IRVING LEONARDO REYES.
EXPEDIENTE: N° JSAG-182
MGS/IR/lp.