REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 27 de Julio de 2016.
206º y 157º
En el día de hoy 27 de Julio de 2016, siendo las 10 a.m. de la mañana, se constituyo el Tribunal a cargo de la Jueza Margarita García Salazar., el Secretario Irving Leonardo Reyes., acto seguido se procedió a juramentar a la Alguacil Accidental Sabrina Maluenga, y la experta la ciudadana María Infante, venezolana, mayores de edad titular de la cedula de identidad N° V- 15.101.983, a los fines de realizar Inspección Judicial sobre un lote de terreno denominado fundo “TOQUITO”, ubicado en el asentamiento campesino, parroquia Camaguan, del municipio Camaguan del estado Guárico, constante de una superficie de veinte hectáreas (20 has), alinderado de la siguiente manera, Norte: Terrenos ocupados por Juan Reyes, Rafael Herrera y Mauricio Navarro; Sur: Sector “TOQUITO”; Este: Terreno ocupado por el liceo Geman Fleitas Bóeres y Oeste: Sector “TOQUITO”. Se deja constancia de que se encuentra presente la parte solicitante ciudadano Carlos Jesús Rodríguez Villanueva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.162.379, asistido en este acto por el abogado José Luis Fleitas Carrasquel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.624.591, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 48.677, asimismo se deja constancia de que se encuentra presenta la parte demandada el Instituto Nacional de Tierras (INTI), representado judicialmente por el abogado Luis aponte venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.576.138, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 106.667. Seguidamente este Juzgado deja constancia de que fue acompañado por el Ingeniera María Infante, ya juramentado. Acto seguido el Tribunal procede a realizar un recorrido sobre el lote de terreno objeto de la presente inspección antes identificada, luego de realizado el recorrido sobre el lote de terreno este Juzgado procede a dejar constancia con la ayuda del practico de los siguientes particulares.
PRIMERO: El Tribunal deja constancia del lugar en donde se encuentra constituido el tribunal.
Fundo el Toquito, ubicado en el asentamiento campesino, parroquia Camaguan del municipio Camaguan del Estado Guárico con una superficie de veinte (20 has), alinderados de la siguiente, amera, Norte: Terrenos ocupados por Juan Reyes , Rafael Herrera Mauricio Navarro Sur Sector “Toquito” Este; Terreno ocupados por el liceo Germán Fleitas Bóeres y Oeste Sector el “Toquito”.
SEGUNDO: El Tribunal deja constancia de las personas que se encuentran dentro del lote de terreno con su correspondiente identificación personal.
Los ciudadanos Carlos Jesús Rodríguez Villaneza, Carelys. Rodríguez, Albardados Elena Fleitas, Leidy Fleitas, Aleida Venero identificados los primeros 3 como hijos del ciudadano Carlos Jesús Rodríguez y la ultima como esposa
TERCERO: El Tribunal deja constancia de todas las bienhechurías existentes dentro de los límites d la Unidad de Producción “Toquito”.
2 casa (viviendas familiares) una quesera, 5 caballerizas. 1 Comedero techado de concreto, potrero, pozo profundo de concreto.
CUARTO: El Tribunal deja constancia de las actividades de producción pecuarias que se realizan en la Unidad de Producción “Toquito” al momento de practicar la inspección.
1 toro, 13 vacas lecheras, 25 Bovinos, en total, 38 semovientes, 10 caballos, 3 yeguas, aves de corral
QUINTO: El Tribunal deja constancia de la cantidad de semovientes existentes dentro del área de 4 hectáreas y sus características, además del hierro quemador que poseen.
Se deja constancia de la existencia de 38 semovientes, asimismo al momento de efectuar la inspección se pudo constatar la actividad de ordeño para elaborar queso.
SEXTO: El Tribunal deja constancia de la existencia de una cerca paralela al lindero Norte, construido con madera y alambre de púas de data reciente.
Como referencia esta juzgadora se sirve de una copia simple de un levantamiento topográfico levantado por el INTI donde se evidencia la existencia de una área paralela, cerrada las puertas del punto 3 al portal de entrada hasta el punto 5 del plano señalado.
SEPTIMO: El Tribunal deja constancia de la existencia de una reja de color blanco con un candado y cadena, ubicada en la línea divisoria de los potreros, partiendo del lindero Norte hacia el Lindero Sur.
Se deja constancia de la existencia de un porton ubicado desde los puntos 3 al 2
OCTAVO: Que el tribunal deje constancia de la existencia o no de una manguera que forma parte del sistema de por aspersión, ubicada en el potrero aledaño a las vaqueras, quesera y cabellerizas, y del estado en que se encuentra.
Se deja constancia que se verifico la manguera la cual se encuentra fraccionada (cortado) en varios pedazo y asimismo se deja constancia de que el caño esta inutilizado.
NOVENO: Que el tribunal deja constancia de las características de la entrada a la unidad de Producción “Toquito”, y de la características de bienhechurías.
Se deja constancia que la entrada se encuentra en el punto 4 (frente) y todas las bienhechurías son en bloques y aceroli, tanto las casas como la quesera y la caballeriza y la parte de ordeño son de tubos con zinc.
DECIMO: Que el tribunal deje constancia de las características de la entrada a la Unidad de producción “Toquito” por el Lindero Sur y que bienhechurías se observan en dicho lindero.
Se deja constancia de la existencia de una vivienda, una quesera, una caballeriza de 5 puestos un potrero donde se ordeña.
DECIMO PRIMERO: Que el Tribunal deje constancia de la existencia de una pared de bloques de cemento, donde se observa en letras grandes y de color dorado el nombre de: “LA AMANRRIQUERA”.
Se deja constancia de la existencia de la una pared de cemento desde el punto 4 hasta el oeste.
DECIMO SEGUNDO: Que el Tribunal deje constancia de la existencia de cuantos potreros se encuentran dentro de la unidad de Producción “Toquito”.
Se deja constancia de la existencia de 2 potreros una de cuatro hectáreas y otro de 16 hectáreas
DECIMO TERCERO: Que el Tribunal deje constancia de la existencia o no de un lote de ganado en el potrero más grande, con descripción de los características incluyendo las del hierro quemado.
Se deja constancia de la existencia de los 38 semovientes herrados con el mismo sello, sería el siguiente ( )2.
DECIMO CUARTO: Que el Tribunal deje constancia de la existencia o no de bienhechurías tales como caballeriza con 10 puestos, 2 Galpones, una vivienda principal, dentro del área de los potreros de la Unidad de Producción “Toquito”.
Se deja constancia de la existencia de 5 caballerizas con 10 puestos y sus 2 galpones, además se deja constancia se deja constancia de 2 viviendas dentro del área
DECIMO QUINTO: El tribunal deja constancia que se recorrió conjuntamente con la experta y el abogado del INTI a pie en vehículo desde el punto 4, 3, 2, 1, 8, 7, 6,5 . Regresando al punto 4, donde se procedió a levantar la presente acta de inspección. Dejando constancia que este tribunal solicito, al representante legal del INTI en un plazo de 3 días de despacho un ejemplar del informe técnico levantados por estos en actas en este día.
DECIMO SEXTO: Se deja constancia que siendo las 12:10 se presentaron en el sitio de constitución de este tribunal 2 personas que se identificaron como los accionantes de la causa JSAG-406, en compañía de su abogado.
DECIMO SEPTIMO: En este estado el ciudadano Luis Aponte deja constancia que acompaña al Tribunal en calidad de apoyo técnico y no en calidad de demandante.
Es todo, se termino, se leyó y conformen firman siendo las 12:20 de la tarde este Juzgado ordena el regreso a su sede.
LA JUEZA,
ABG. MARGARITA GARCIA SALAZAR
EL SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES G.
ALGUACIL ACCIDENTAL
SABRINA MALUENGA
SOLICITUD N° JSAG-S-140
MG/IR/sm