REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, primero (01) de julio de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, este Juzgado Superior, advierte que contra la decisión Nº PJ0102016000022 dictada por este Juzgado al primer (1º) día del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016), en la presente querella funcionarial no se interpuso recurso alguno, por tanto, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME el referido fallo.

El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES





Exp. Nº JP41-G-2015-000064
RADZ/GCMM