JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. Calabozo, catorce de julio de dos mil dieciséis (14/07/2.016). Años 206° y 157º.
Correspondiendo el día de despacho de hoy, la oportunidad legal para que este tribunal se pronuncie sobre las pruebas promovidas por el accionado, ciudadano WERNER RAFAEL OLIVEROS FLORES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.-10.265.167, de profesión u oficio OBRERO, (Trabajador dependiente con el cargo de Operador de Recepción en MOLINOS NACIONALES C.A. MONACA) Padre de la Adolescente MARIA ELIS, de 14 años de edad, y asistido por la Abogado YDALIA OJEDA, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nro. 81.910; mediante escrito presentado en fecha 11/07/2.016; procede este tribunal a providenciar sobre las mismas, de la manera siguiente:
Promovió las documentales:
ANEXÓ MARCADO “A”. Registro de nacimientos del niño JHONNY DANIEL OLIVEROS VILLANUEVA, nacido el 29-03-2015, acta emanada de la Oficina del Registro civil del Hospital Francisco Urdaneta Delgado de la Ciudad de Calabozo, Edo. Guárico, en Acta Nro.623, Tomo 03.
ANEXÓ MARCADO “B”: Impresión del PORTAL DE AFILIADO en HUMANITAS, en la pagina web de internet, donde la empresa aseguradora contratada por la empresa Molinos Nacionales, (planta Maíz Calabozo) tiene asegurado el personal que labora en la empresa, y su respectiva carga familiar.-
ANEXÓ MARCADO “C”: Constancia emanada por la empresa MONACA, donde consta su relación laboral con la misma, el cargo que desempeña, y el ingreso mensual que devenga.
Por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegal ni impertinente, y ha lugar en derecho, este tribunal las admite.
EL JUEZ,
ABG. RAMÓN JOSÉ VILLEGAS GÓMEZ.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. YUMARA CAMACHO
RJVG/YC/dflores.
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