REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES DEL LLANO Y CHAGUARAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
SOLICITANTES: MIGUEL ENRIQUE RODRIGUEZ y ERYS MERCEDES BASTARDO MEZA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE: 3.179
I
Mediante escrito recibido en esta ciudad en fecha 31 de Mayo de 2.016, los ciudadanos MIGUEL ENRIQUE RODRIGUEZ y ERYS MERCEDES BASTARDO MEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.756.093 y 8.570.514, respectivamente, y ambos de este domicilio, asignada a este Despacho por distribución, désele entrada, fórmese expediente y en cuanto a la admisión de la misma, este Tribunal niega su admisión de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto dicho libelo no cumple con lo establecido en el artículo 4 de Ley de Abogados vigente, ya que si bien en el encabezado del escrito mencionan que los solicitantes se encuentran asistidos por la abogada en ejercicio NELIDA MAITA DE DIAZ, I.P.S.A. N° 38.002; dicha profesional no está suscribiendo el mencionado libelo de demanda.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISION de la demanda de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos MIGUEL ENRIQUE RODRIGUEZ y ERYS MERCEDES BASTARDO MEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.756.093 y 8.570.514, respectivamente, de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en Valle de la Pascua a los cuatro (04) días del mes Julio del año 2.016.- Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Juez,
Dra. Mirvia Piñango de Martínez
La Secretaria Temporal,
Abog. Gabriela Figueroa
Publicada en su fecha, siendo las diez de la mañana previas formalidades legales.
La Secretaria Temporal,
Abog. Gabriela Figueroa
|